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Asesoria cooperativas Sevilla

Cooperativas materias

Las cooperativas son la máxima expresión del espíritu democrático trasladada a la organización empresarial.  Por tanto podemos decir que las cooperativas son un instrumento para que personas físicas y jurídicas con intereses similares se agrupen para conseguir los fines comunes con arreglo a la Ley 14/2011 de 13 de diciembre de Sociedades Cooperativas Andaluzas.


Clases de cooperativas:

A) De primer grado:

1- Cooperativas de trabajo: Cooperativas de impulso empresarial, cooperativas de interes social, cooperativas de transporte,
2- Cooperativas de consumo: Coopertivas de vivienda, cooperativas de credito, coopertivas de seguros
3- Cooperativas de servicios:
Cooperativas Agrarias, coopertivas maritimas fluviales y lacustres,
4- Cooperativas especiales: Cooperativas mixtas, cooperativas reglamentarias.

B) De segundo grado

1- Homogeneas
2- Heterogéneas

Para constituir una cooperativa se han ido simplificando los trámites hasta el punto de que con la nueva ley de sociedades cooperativas andaluzas resulta opcional la escritura notarial.

El procedimeinto es el siguiente:

1- Celebración de asamblea constituyente.
En dicha asamblea se levanta un acta donde se relacionan los socios que tienen voluntad de constituir una cooperativa, se aprueban los estatutos que regitan la cooperativa, la aportación obligatoria necesaria, suscripción y desembolso de al menos el 50% y valoración de aportaciones, así como la elección de los administradores es decir Consejo Rector o administrador único.
Previamente tendriamos seleccionada la denominación no coincidente en la plataforma telemática.
2- Liquidación de impuestos.
Los impuestos se liquidan en el modelo 600 (
impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados ) que se presenta en
en la Delegación de Hacienda Junta Andalucía
3- Solicitud de inscripción en el Registro de Cooperativas.
Se realiza mediante la plataforma telemática aportando :
Acta de la Asamblea Constituyente. Estatutos de la Cooperativa. Certificado de denominación no coincidente. Certificado del desembolso bancario hecho por cada socio. Resguardo del Modelo 600: Liquidación del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (como tienen bonificación fiscal, su liquidación es cero).
4- Solicitud del CIF
Para ello habrá que cumplimentar el modelo 036 en la AEAT.
5- Legalización de libros sociales

No debemos olvidar que anualmente tenemos que presentar las cuentas anuales y que tenemos que informa al registro de cooperativas.


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